El Principado permitirá eventos multitudinarios en el exterior dependiendo del nivel del riesgo

Actualidad Asturias

El Gobierno de Asturias permitirá la celebración de eventos multitudinarios –siempre que la comunidad se encuentre en nivel de riesgo 1 (bajo) o 2 (medio)- con un máximo de 5.000 personas en el exterior, aforo que se reduce a la mitad en interiores. La Consejería de Salud publicará hoy en el Boletín Oficial del Principado (Bopa) la resolución que recoge las nuevas medidas que entrarán en vigor esta medianoche.

La normativa hecha pública ayer, actualiza las resoluciones anteriores vigentes en el Principado. Para el director general de Salud Pública, Rafael Cofiño, las nuevas medidas son “necesarias, adecuadas y proporcionales” a la situación actual.

Los promotores de eventos multitudinarios (fiestas parroquiales, macrofestivales o conciertos, entre otros), en coordinación con las autoridades locales, deberán realizar una evaluación del riesgo según las directrices del Protocolo de medidas de protección frente al covid-19 en la organización de eventos y actividades multitudinarias, celebraciones populares, desfiles o espectáculos públicos en Asturias 2021.

En función de esta valoración, y si fuese necesario, se podrán aplicar medidas específicas adicionales para reducir el riesgo. La evaluación deberá estar a disposición de las autoridades sanitarias siempre que la requieran.

Entre las nuevas medidas que se aplicarán, los eventos que cuenten en su programación con varias celebraciones (fiestas patronales o macrofestivales) deberán separar las actividades en espacios diferenciados y perimetrados. Si el aforo es de mil personas, también tendrán que establecer sectores independientes que no superen esa capacidad.

En el caso de conciertos al aire libre, se podrá estar de pie y será obligatorio el uso de la mascarilla y mantener una distancia interpersonal de 1,5 metros o, en su defecto, disponer de una superficie útil por asistente de 2,25 metros cuadrados.

Estas son algunas de las nuevas medidas que recoge la resolución de salud:

  • Hostelería, restauración y terrazas. Aumenta hasta 10 el número de personas que pueden compartir mesa en el exterior y podrán organizarse bufés y autoservicios, siempre con circuito unidireccional y con control de acceso. La comida y la cubertería deberán de estar protegidas, además de proporcionar utensilios específicos para servirse.  El ocio nocturno podrá cerrar a las 3:00 de la madrugada.
  • Albergues. La ocupación en los establecimientos turísticos y juveniles se amplía hasta el 75%, mientras que en los albergues de peregrinos será  del 50%, al no haber posibilidad de formar grupos estables.
  • Actividades culturales y recreativas. El aforo máximo aumenta hasta el 75% y la distancia en interiores será de 1,5 metros. En exteriores, la distancia entre personas sentadas deberá ser de un metro. En este tipo de actividades no se permitirá comer ni beber, si se celebran en espacios cerrados. En el caso de los eventos grupales, el aforo máximo será de  30 personas, sin contar monitores o guías.
  • Grandes superficies. El aforo en zonas comunes aumenta hasta el  75%.
  • Deporte. Al aire libre deberá mantenerse la distancia de 1,5 metros y usar mascarilla; en interiores, la separación será de 2 metros. Podrán celebrarse actividades grupales de hasta 30 personas y la asistencia de público seguirá las mismas indicaciones que en otros ámbitos.
  • Cines, teatros y demás espacios culturales o deportivos. El aforo máximo será del 75%, siempre que se respete la distancia de 1,5 metros que debe mantenerse en interiores. Al aire libre, el público sentado podrá estar separado un metro.

Medidas generales

Por otra parte, las nuevas normas recogen las medidas generales que siguen en vigor en Asturias: uso de la mascarilla y obligación de guardar aislamiento y cuarentena en caso necesario. En la vía pública se puede fumar con una distancia interpersonal de 2 metros, pero no está permitido el consumo de alcohol.

El Gobierno de Asturias recomienda las actividades al aire libre y la instalación de medidores de CO2 en establecimientos de alto riesgo, aparatos que son obligatorios en los establecimientos de ocio nocturno y de hostelería. Estos locales deberán contar con un registro de clientes y usuarios en determinadas actividades.

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