Migraciones recuerda que las resoluciones de Extranjería son válidas para la Administración Pública

Actualidad Extranjería

A través de nota de prensa, la Secretaría de Estado de Migraciones (SEM) ha informado a la ciudadanía que los documentos con resoluciones emitidos por las oficinas de Extranjería a nivel nacional son válidos para cualquier trámite ante las instituciones públicas.

Para aliviar a la cada vez mayor cantidad de extranjeros que no pueden acceder a la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE) por el atasco burocrático que sufren los servicios públicos españoles, incluido el de Extranjería, la SEM ha obligado la impresión de un “recordatorio” en los documentos de las resoluciones donde se explique que la mera tenencia de dicha resolución produce plenos efectos frente a la administración y frente a terceros, y que su eficacia no se encuentra condicionada a la obtención de la Tarjeta de Identificación de la TIE.

Según la misma fuente, el objetivo de esta medida es “trasladar tranquilidad a las personas que se encuentren a la espera de obtener cita para el trámite de huellas o de expedición de la TIE”. La Secretaría de Emigraciones recuerda a los ciudadanos de origen extranjero que podrán utilizar la resolución que ya han recibido para los trámites en los que necesite acreditar su autorización de residencia o trabajo, tanto frente a la administración y demás gestiones con terceros, como pueden ser sus caseros o empleadores.

Es importante recordar que la obtención de la TIE es un derecho, y una obligación para aquellos extranjeros residentes en España, al que se está complicando su acceso por culpa del atasco burocrático que sufre los servicios públicos españoles que solamente en Madrid tienen a más 18.000 tarjetas de residencia que no acaban de ser tramitadas y entregadas a sus destinatarios, sin contar la espera de “en torno a un mes” entre la petición de cita y la atención, según fuentes del SUP (Sindicato Unificado de Policía) a diferentes medios de comunicación.

Lee la nota de prensa completa en el siguiente enlace.

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